Alquileres: hubo una grieta en la oposición por una palabra

Para dos diputados que votaron en contra, la media sanción en definitiva no establece ningún índice de actualización.

Alquileres: hubo una grieta en la oposición por una palabra

Convertido en centro de atención de la política argentina, llamó la atención en la sesión del miércoles pasado sobre alquileres el voto de Javier Milei y sus compañeras de interbloque, negativo igual que el oficialismo y la izquierda. Pero no fue el único dato saliente: también votaron en contra dos integrantes del interbloque Federal: su presidente, Alejandro “Topo” Rodríguez, y la cordobesa Natalia de la Sota.

En este caso, según pudo saber parlamentario.com, fue por disidencias respecto del texto del dictamen de minoría finalmente aprobado. Por un lado, los diputados del interbloque Federal cuestionaban la periodicidad para los reajustes: rechazaban que el mínimo de tiempo fuera 4 meses y pedían 6. Pero había otro tema más determinante.

Recordemos las modificaciones que se hicieron en pleno recinto. Una fue en este párrafo: “En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único  y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerdes las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses”. Ahí se eliminó la parte donde se establecía una periodicidad de “entre tres (por intervalos de 3 y 12 meses”.

El otro párrafo modificado dice: “A los fines dispuestos en el párrafo anterior, para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

Para los diputados del interbloque Federal, en lugar de decir “pudiendo aplicar”, tenía que decir “debiendo aplicar”. Porque de lo contrario, quedando como el texto quedó, el texto no establece taxativamente ningún índice de actualización. Ni una combinación de índices, ni nada que se le parezca.

Según pudo saber parlamentario.com, los diputados reclamaron cambiar la palabra y no se lo aceptaron. Por eso votaron en contra.

Fuentes legislativas aclararon que deliberadamente se dejó la palabra “pudiendo”, de modo tal de dejar al libre albedrío cómo será el mecanismo de actualización.