Dos jueces de la Corte hicieron su descargo para la Comisión de Juicio Político

Horacio Rosatti y Carlos Rozenkrantz rechazaron los cargos impuestos por el oficialismo en su contra y pidieron disponer el archivo de las actuaciones de lo que definieron como un “proceso teñido de irregularidades”.

Dos jueces de la Corte hicieron su descargo para la Comisión de Juicio Político

El presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, y el vicepresidente del Máximo Tribunal, Carlos Rosenkrantz, respondieron este jueves, a título personal, los traslados cursados por la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados en el marco del proceso que lleva adelante contra los cuatro integrantes del Máximo Tribunal.

Lo hicieron justo el día en el que vencía el plazo para hacerlo por escrito. De lo contrario, tenían la oportunidad de presentarse personalmente el martes que viene ante la comisión.

Sorprendió la noticia, habida cuenta de que existía la convicción de que ninguno de los magistrados contestaría las imputaciones de los diputados del oficialismo, habida cuenta de un acuerdo implícito de los integrantes de la Corte de no hacerlo, a fin de restarle trascendencia al proceso. Se verá entonces si la decisión de los dos jueces que se integraron a la Corte en 2016 ahonda la grieta dentro del Tribunal Supremo, cuyos otros miembros decidieron cumplir con la premisa de no contestar los cargos que les imputaron.

Qué dijo Rosatti

En un escrito de 70 fojas, el titular de la Corte refuta todas las imputaciones y recuerda que ese tribunal “cumplió en tiempo oportuno todos y cada uno de los requerimientos formulados por la Comisión de Juicio Político”. En ese sentido detalla que la Corte respondió la totalidad de los pedidos de informes y acompañó más de 75 cuerpos de documentación solicitada, equivalentes a unas 15.000 fojas aproximadamente.

Recuerda a su vez, entre otras cosas, que “todos los empleados y funcionarios del Tribunal que fueron citados a declarar como testigos cumplieron con su deber legal”.

Rosatti le adjudica al trabajo hecho por los diputados “vicios de procedimiento”. “Irregularidades procesales que afectan seriamente la garantía del debido proceso y el derecho en defensa de juicio”. A su entender, “la gravedad de dichas irregularidades vicia la validez y eficacia del proceso, lo que será planteado –de ser necesario- por la vía y en la oportunidad que corresponda”. Por eso anticipa que se reserva la posibilidad e interponer todas las acciones y recursos legales, constitucionales y convencionales que le asistan.

Al hacer referencia a las irregularidades, cita que “no existe correlación entre las imputaciones y las pruebas ofrecidas. Hechos y pruebas se presentan disociados, resultando imposible determinar cuáles son las pruebas con las que se pretende acreditar cada uno de los hechos”.

Agrega que “muchos de los cargos formulados por la comisión carecen de las precisiones mínimas como para conocer los hechos que se imputan y sus fundamentos”.

Cuenta Rosatti que se realizaron pedidos de producción de prueba sin la previa intervención de un juez, cuando “ello resultaba ineludible”. Pone el ejemplo de que se solicitó el acceso a contactos y comunicaciones privadas y videos de eventos privados. “Este tipo de requerimientos, aun cuando no fueran admitidos, pudo generar un temor fundado de violación del derecho a la intimidad de las personas involucradas, que en muchos casos fueron citadas a declarar como testigos”.

Entre otras cosas, alerta Rosatti que “se requirió y se obtuvo información reservada de contribuyentes sin la debida intervención judicial, incurriendo en violación del secreto fiscal”.

Asimismo “se incorporó prueba que había sido considerada inválida en una causa judicial por su presunto origen ilegal”, en referencia a los chats producto de hackeo, considerados por la justicia como “ilegales”.

“Se formularon cargos basados en esa prueba y fue además utilizada para interrogar a testigos, generando un efecto claramente intimidatorio”, agrega el juez, precisando que se les imputó a testigos la comisión de delitos o de infracciones legales y/o reglamentarias, lo  que interpreta como “violación del principio de presunción de inocencia”, y se los interrogó sobre esos hechos –es decir, sobre hechos que podrían incriminarlos- cuando estaban declarando bajo juramento de decir la verdad. Lo cual es una violación del derecho a no declarar contra sí mismo.

Por otra parte se le hizo saber a testigos que serían denunciados penalmente por supuesta reticencia o falso testimonio, desconociendo la invocación de garantías o reparos legales por parte de los propios testigos.

Para Rosatti, “se sometió a testigos a un trato hostil y se los descalificó tanto personal como profesionalmente”. Además, “se formularon preguntas inadmisibles por ser capciosas, confusas,  imprecisas, comprensivas de más de un hecho, por estar precedidas de comentarios insidiosos o de afirmaciones falsas, o por indagar acerca de opiniones, colocando al testigo en el lugar de experto o perito”.

Tras esos y otros elementos para desechar los cargos, a continuación Rosatti efectúa un descargo sobre cada una de las causas que le fueron imputadas.

Sobre el final, el juez considera haber respondido “todos y cada uno de los cargos formulados, y en razón de los argumentos allí expuestos, corresponde declarar la improcedencia de los pedidos de juicio político y disponer el archivo de las actuaciones”.

Sostiene que el trámite seguido en ese sumario “ha convertido a un mecanismo constitucionalmente idóneo en un proceso teñido de irregularidades”. Y además advierte que “a los vicios sumariamente descriptos” se le suma “el inesperado final de este procedimiento, concretado en la víspera de una renovación legislativa”. Para Rosatti, “tan abrupto fue el cierre de la investigación que quedaron sin ser tratados algunos de los cargos formulados por la propia comisión y estando pendiente la producción de prueba ordenada respecto de cargos que sí fueron abordados”.

Sostiene que “los cargos formulados evidencian por un lado que se está enjuiciando a los miembros de esta Corte por el contenido de sentencias que no satisfacen los deseos de algunos integrantes de la comisión, y por el otro, que con ello se pretende condicionar futuras decisiones del Tribunal en causas actualmente en trámite”.

Concluye afirmando que “el juicio político ha pretendido infructuosamente afectar la independencia del Poder Judicial en general y de la Corte Suprema en particular. Y digo ‘infructuosamente’ porque la tramitación de este proceso acusatorio no afectó el normal funcionamiento de la Corte que presido, que celebró puntualmente sus acuerdos semanales, tramitó centenares de expedientes, emitió un número de sentencias superior al promedio anual de los últimos 10 años y, fundamentalmente, resolvió con autonomía de criterio cuestiones de alto impacto institucional y social”.

El descargo de Rozenkrantz

“He refutado con toda precisión y el detalle que esta etapa preliminar del procedimiento permite los cargos provisorios que fueran formulados por la mayoría de la Comisión de Juicio Político”, señala por su parte el juez Carlos Rozenkrantz al cabo de otro extenso documento, donde sostiene que “el desarrollo de las respuestas evidencia, con toda claridad, la ausencia absoluta de fundamentos de los cargos provisorios formulados y la consiguiente improcedencia del procedimiento que se pretende llevar adelante. Muestra, además, el intento de utilización de una facultad constitucional ideada para defender la República para la persecución de una finalidad completamente ajena al objetivo buscado por los constituyentes de 1853 y 1994: preservar el equilibrio propio de la separación de poderes”.

Por el contrario, continúa el juez, “esta es una instancia más de una historia desafortunadamente rica en intentos de la rama con atribuciones de control de condicionar, neutralizar o directamente cooptar al Poder Judicial de la Nación y, en especial, a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dicten sentencias que, con independencia de su ajuste al derecho vigente, satisfagan las preferencias ideológicas y las necesidades políticas de las mayorías circunstanciales de una comisión de una de las cámara del Congreso de la Nación”.

Sostiene Rozentrantz que “las consecuencias institucionales, morales y políticas de estas desviaciones están a la vista. Los esfuerzos que, desde hace cuarenta años, el pueblo argentino viene llevando adelante para reconstruir instituciones democráticas y republicanas sólidas y perdurables se ven seriamente perjudicados por intentos como el representado por este procedimiento”.

Para Rozenkrantz, “algunos de los cargos que formula la comisión se basan, es cierto, en hechos y datos concretos y objetivos. Pero es ostensible que no constituyen irregularidad alguna, ni ética ni legal ni de ninguna clase. Otros cargos se basan en interpretaciones o valoraciones de algunos hechos o datos. Pero son interpretaciones o valoraciones que no han sido justificadas en modo alguno o son directamente erróneas y carentes del más mínimo rigor jurídico. Por último, hay cargos que vinculan esos hechos, datos o interpretaciones para construir una suerte de relato o novela de asociación libre para atribuirme inescrupulosamente faltas tan graves como falsas”.

“Lo que está en juego no es menor. Y no tiene que ver exclusivamente con mi permanencia en la Corte como uno de sus magistrados. Tiene que ver con el funcionamiento del sistema republicano. Pues este procedimiento apunta, en definitiva, a condicionar o, en última instancia, a remover a los jueces cuyas sentencias no satisfacen los deseos de una circunstancial mayoría parlamentaria. Esto pone en cuestión la independencia de todos los jueces de la República y constituye un ataque frontal a la separación de poderes. Es, además, una afrenta a la legitimidad de la función de la Corte Suprema en nuestro ordenamiento constitucional”, considera el vicepresidente de la Corte.