La Comisión de Presupuesto continuará con el debate del proyecto de “Mono-Tech”

El debate sobre la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo, que fue defendida por funcionarios, se retomará este martes a las 17.

La Comisión de Presupuesto continuará con el debate del proyecto de “Mono-Tech”

La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados retomará este martes, a las 17, en el segundo piso del Anexo “C”, el debate sobre el proyecto de ley que busca establecer un “Régimen Simplificado y Cambiario para Pequeños Contribuyentes Tecnológicos”, más conocido como “Mono-Tech”.

En un primer encuentro, la iniciativa fue defendida por el subsecretario de Financiamiento y Regulación de la Economía del Conocimiento, Edgardo Rubén Kutner; la subsecretaria de Ingresos Públicos, Claudia Balestrini; y el subdirector general de Recaudación, José Bianchi.

El proyecto, enviado por el Poder Ejecutivo el pasado 20 de enero, se encuentra destinado a los pequeños contribuyentes que realicen actividades relativas a la economía del conocimiento, y a aquellos que efectúen cualquier tipo de prestación de servicios, siempre que estas actividades sean realizadas en el país pero su utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior.

También quedan comprendidos en este nuevo régimen los ingresos derivados por el ejercicio de “eSports” o deportes electrónicos, entendiendo por tales a las muy difundidas competiciones organizadas a nivel profesional, multijugador y de diferentes disciplinas de videojuegos con acceso desde diferentes dispositivos y plataformas de forma online u offline, “contemplando así el tratamiento tributario integral de dichas prestaciones de vanguardia en nuestro país y en el mundo”, rezan los fundamentos del proyecto.

Serán considerados “Pequeños Contribuyentes Tecnológicos” las personas humanas residentes en el país que obtengan ingresos brutos por las actividades anteriormente referenciadas, en los 12 meses calendario inmediatos anteriores a la fecha de adhesión al “Mono-Tech”, inferiores o iguales a un equivalente de 30.000 dólares.

De acuerdo a la escala, estarán comprendidos en la categoría D quienes registren ingresos hasta 10 mil dólares anuales; en la F quienes registren entre 10 mil y 20 mil dólares anuales; y en la H quienes tengan hasta 30 mil dólares anuales de ingresos.

El texto establece la compatibilización con el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y un Régimen Cambiario que posibilite que estos sujetos se encuentren exceptuados de la obligación de liquidar las divisas percibidas por las actividades alcanzadas por la medida en el Mercado Libre de Cambios (MLC).