El Constitucional avala el decreto-ley ‘rider’ al admitir que respondió a “razones de urgencia”
Los cuatro magistrados del sector conservador votan en contra del fallo por estimar que el Gobierno no respetó la función legislativa del Parlamento
El Constitucional ha decidido este miércoles por 6 votos a 4 avalar el decreto-ley sobre los rider, rechazando así el recurso presentado por el grupo parlamentario del PP, que consideraba que el Gobierno había recurrido a esta iniciativa sin que hubiese razones de urgencia y necesidad que lo justificaran. La sentencia –de la que ha sido ponente el magistrado Ramón Sáez, del sector progresista- subraya que la aprobación del citado decreto-ley no ha vulnerado lo establecido en el artículo 86.1 de la Constitución –que exige dichas dos condiciones- porque el Gobierno ofreció una justificación explícita y razonada de la necesidad urgente de responder a la problemática de los repartidores. El fallo –en el que no ha participado el magistrado y exministro Juan Carlos Campo, por haberse abstenido- estima que esta argumentación es suficiente desde la perspectiva del control que compete realizar al órgano de garantías, que debe circunscribirse a verificar, “pero no a sustituir, el juicio político o de oportunidad que corresponde al Gobierno y al Congreso de los Diputados”.


