El Senado apura el tratamiento del programa Compra sin IVA

La iniciativa que obtuvo media sanción la semana pasada será abordada en el seno de la Comisión de Presupuesto y Hacienda este miércoles.

El Senado apura el tratamiento del programa Compra sin IVA

No es para nada frecuente que las comisiones del Congreso se activen en vísperas de una elección nacional. Es sin embargo lo que sucederá este miércoles, para cuando ha sido convocada la Comisión de Presupuesto y Hacienda que preside el riojano Ricardo Guerra para tratar uno de los proyectos “estrella” que impulsó personalmente el ministro de Economía y -sobre todo- candidato presidencial Sergio Massa.

Hablamos del proyecto que crea el Programa “Compra sin IVA”, que tuvo media sanción el martes de la semana pasada en la Cámara baja, con 134 votos a favor, ninguno en contra 107 abstenciones.

Para su tratamiento en comisión, los senadores han sido convocados para las 16 en el Salón Illía del Palacio Legislativo, y la intención es darle dictamen con el fin de darle un rápido tratamiento en el recinto y convertirlo en ley.

¿La semana que viene? Resultaría más que sorpresiva semejante premura, pero seguramente será para la semana siguiente, el primero o segundo día del mes de noviembre.

Mediante la iniciativa se crea un sistema de devolución del IVA, destinado a reducir la carga tributaria que recae, fundamentalmente, sobre los bienes de la Canasta Básica Alimentaria.

Los alcanzados serán jubilados y pensionados -nacionales o de cajas provinciales no transferidas a la Nación-, cuyo ingreso no exceda los seis haberes mínimos; beneficiarios de AUH y asignación por embarazo; trabajadores -en sector público o privado- cuyo ingreso mensual no supere los seis SMVM.

También los/as trabajadores/as de casas particulares, monotributistas y quienes realicen compras con la “Tarjeta Alimentar” o tarjetas emitidas a beneficiarios de programas como el “Potenciar Trabajo”.

Asmismo estarán excluidos quienes perciban otros ingresos gravados por el impuesto a las Ganancias y quienes estén inscriptos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos.

El reintegro mensual no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes.

Contenido en el monto de las operaciones de compra de bienes muebles, excepto las correspondientes a compras de combustibles líquidos, el reintegro del IVA se hará a partir de las compras con tarjetas de débito, así como también aquellas que se hagan con pago electrónico a través de QR.

Cuando se trate de pagos mediante la utilización de tarjetas de crédito, dicha acreditación será efectuada e identificada por las entidades emisoras en el resumen del mes siguiente.

En el proyecto se faculta al Poder Ejecutivo a ampliar el listado de las beneficiarias y los beneficiarios del programa, fijar la magnitud del reintegro, realizar estudios e investigaciones sobre el impacto social y económico de la medida, y dictar normas complementarias o aclaratorias.

A su vez, la AFIP “establecerá los mecanismos operativos necesarios para la instrumentación de la presente ley, y podrá condicionar el goce del beneficio en función de los ingresos, patrimonio u otros parámetros vinculados a la capacidad contributiva del beneficiario o de la beneficiaria y/o su grupo familiar”, reza el texto.

Finalmente, invita a “las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir a estas políticas destinadas a impulsar el consumo y mejorar la capacidad de compra de los sectores más vulnerables”.