Fue rechazado el polémico fallo de Casación que benefició a Calcaterra en la Causa Cuadernos

El TOF 7 resolvió que no le mandará el expediente a la Justicia Electoral. El fallo golpea la puerta de la Corte Suprema.

Fue rechazado el polémico fallo de Casación que benefició a Calcaterra en la Causa Cuadernos

El tribunal oral que tiene asignada la Causa Cuadernos encontró la forma de rechazar, al menos por ahora, la orden de enviar los casos de los empresarios Ángelo Calcaterra y Javier Sánchez Caballero (ambos de IECSA, la firma asociada históricamente a la familia Macri) a la Justicia Electoral.

La semana pasada, la Cámara Federal de Casación -el principal tribunal penal del país- resolvió atomizar la Causa Cuadernos. En el caso específico de Calcaterra, le creyó que no pagó coimas para obtener obra pública, sino que entregó sumas de dinero como aportes para campañas políticas. Ese mismo argumento fue utilizado por otros imputados y al menos dos de ellos obtuvieron también fallos favorables.

Entonces, sobre esa base, la Casación sacó a Calcaterra de la imputación general, lo apartó y lo envió a la Justicia Electoral, donde las penas que podrían caberle son sensiblemente menores e, incluso, podrían estar prescriptas.

La decisión de la Casación generó un terremoto en tribunales. Y la respuesta, en forma de indisimulada resistencia, llegó el miércoles a última hora.

Por mayoría, los jueces Enrique Méndez Signori y Fernando Canero, del Tribunal Oral Federal número siete, resolvieron que no le mandarán el expediente a la Justicia Electoral. ¿El argumento? El fallo no está firme y, de hecho, el fiscal Raúl Pleé ya lo apeló.

La resolución, de 25 páginas, a la que tuvo acceso Tiempo, cuestiona fuertemente a la Casación. El tribunal oral tiene inferior jerarquía que la Cámara de Casación, por lo que en términos llanos lo que ocurrió fue que se le paró de manos.

“La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal ha tomado intervención por fuera de las previsiones (del decreto ley de organización del Poder Judicial), pues -ciertamente- en este caso el órgano habilitado para resolver la cuestión de competencia suscitada entre el juzgado electoral y este tribunal oral penal federal era -sin disputa- la Corte Suprema de Justicia”.

“La decisión adoptada merced a la queja deducida por la defensa -frente el recurso de casación denegado-, asignándose jurisdicción para resolver el conflicto de competencia que aquí se trata, adolece de la justificación legal correspondiente”, sostuvo el voto de mayoría.

El fallo le golpea la puerta a la Corte Suprema para que ordene y emprolije la tramitación de la Causa Cuadernos. En esa dirección, el voto en minoría del juez Germán Castelli directamente pidió la avocación del máximo tribunal. Ya mismo, ahora, de inmediato.

“La gravedad del accionar de la Cámara de Casación trasciende los límites para afectar directamente la buena administración de justicia, al entrometerse indebidamente en la jurisdicción de otro tribunal. (…) La manifiesta extralimitación de sus atribuciones como tribunal de alzada en perjuicio de la buena administración de justicia humana habilita la intervención del Alto Tribunal, a fin de corregir la grave inconducta procesal”.

Castelli consideró que, pese a que su propuesta no fue receptada por sus dos colegas del tribunal, “las particularidades del caso que no se ciñen a comunes situaciones judiciales sino a interferencias funcionales extrañas a la buena administración de justicia (…) deben ser informadas inmediatamente y aun como minoría a la Corte Suprema de Justicia en su carácter de órgano supremo y cabeza del Poder Judicial”.

Se encuentra en juego la responsabilidad internacional del Estado argentino”, advirtió.