Larreta envío a la Legislatura el proyecto para derogar el impuesto a las tarjetas de crédito

La iniciativa busca introducir modificaciones al Código Fiscal a fin de eliminar esa carga tributaria sobre los sellos de las tarjetas. El debate sería este jueves, durante la primera sesión ordinaria del año.

Larreta envío a la Legislatura el proyecto para derogar el impuesto a las tarjetas de crédito

Tal y cómo lo anunció horas antes en una conferencia de prensa, el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Horacio Rodríguez Larreta, presentó en la Legislatura porteña un proyecto de ley mediante el cual buscará introducir modificaciones a varios artículos del Código Fiscal con la intención de derogar el impuesto a los sellos en las tarjetas de crédito.

Dicha carga tributaria fue sumamente cuestionada por la oposición e incluso el año pasado se intentó avanzar con una sesión especial para derogarlo, pero el oficialismo no dio quórum para el debate dado a que la Corte Suprema de Justicia aún no se había pronunciado respecto al conflicto por los recursos coparticipables que el distrito capitalino mantiene con Nación.

No obstante, ya con el fallo de la Corte, Larreta envío el texto y sólo resta que el Parlamento logre reunir los 40 votos necesarios para darle aprobación durante la sesión ordinaria de este jueves, que será la primera que se realice en el año.

En los fundamentos del proyecto, Rodríguez Larreta destacó que “las modificaciones propuestas se originan como consecuencia de la media cautelar dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el día 21 de diciembre de 2022, donde el máximo Tribunal ordenó que durante la tramitación del proceso referido, el Estado Nacional restituya a la Ciudad el 2,95% de la masa de fondos definida en el artículo 2° de la Ley Nacional N° 23.548”.

“En este sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación también ordenó al Estado Nacional que se abstenga de aplicar la Ley Nacional N° 27.606, que en forma manifiestamente inconstitucional por su ilegalidad y arbitrariedad, redujo unilateralmente el porcentaje de coparticipación en flagrante violación a derechos y garantías constitucionales de esta Jurisdicción”, continuó y precisó que “el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación resulta claro al señalar que este pago se debe realizar en el marco de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, es decir a través del pago diario del coeficiente y mediante transferencia del Banco Nación, como sucede con el resto de las provincias”.

Además resaltó que “como es de público conocimiento que el Gobierno Nacional se ha negado a dar cumplimiento a la manda clara que ha dispuesto el máximo Tribunal de la Nación. Asimismo, dicha jurisdicción decidió -de manera unilateral- oficializar el pago de la diferencia entre el coeficiente del 1,4 que hasta el momento tenía la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el 2,95 determinado por la Corte en su fallo, a través de la emisión de bonos del Tesoro Nacional”.

“A este escenario de incumplimiento jurídico por parte del Estado Nacional, se le suma el flagelo provocado por la inflación, siendo el índice de precios al consumidor de la Ciudad, correspondiente al mes de febrero 2023, del 6%, alcanzado la alarmante cifra del 103,1% de inflación interanual”, destacó y precisó que “el incumplimiento judicial mencionado, teniendo en consideración la creciente inflación y fuerte baja de la actividad económica, el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha asumido el compromiso de cumplir con la palabra empeñada con los vecinos y vecinas, con el fin de alivianar el bolsillo de los contribuyentes, sin dejar de resaltar que el cumplimiento de este compromiso público, no puede desfinanciar las funciones esenciales para la armonización de la vida de los ciudadanos de esta Jurisdicción”.

Por lo que concluyó señalando que “es por ello que se pone a consideración de esa Legislatura, el presente proyecto de ley con la finalidad de derogar el hecho imponible del Impuesto de Sellos que recae sobre las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra generan para su remisión a sus titulares”.