Un juez declaró la nulidad del decreto de Macri sobre el blanqueo

La medida había beneficiado a familiares de funcionarios. En el fallo se advierte que la reglamentación realizada en 2016 invadía la esfera exclusiva del Congreso en materia tributaria.

Un juez declaró la nulidad del decreto de Macri sobre el blanqueo

El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick declaró la nulidad de los artículos del decreto que durante su presidencia Mauricio Macri rubricó para permitirles a funcionarios públicos ingresar al blanqueo de capitales.

De tal manera el magistrado hizo lugar a una demanda colectiva iniciada por la Asociación Civil Abogados por la Justicia Social de La Plata, Berisso y Ensenada (AJUS), como así también los legisladores nacionales Rodolfo Tailhade, Juliana Di Tullio y Diana Conti.

El magistrado dictaminó la nulidad de los artículos 1, 2, 5 y 6 del decreto 1206/2016 firmado por el ex presidente. Allí el entonces presidente Mauricio Macri había incorporado a los familiares de los funcionarios a las facilidades incluidas en el Régimen de Sinceramiento Fiscal impulsado durante su Gobierno.

En la sentencia, el juez señala que “más allá del análisis sobre si existe en el caso exceso en la reglamentación al desvirtuar en tanto modifica la ley que reglamenta, debe destacarse que dicha reglamentación invade la esfera exclusiva del Poder Legislativo en materia tributaria”.

Agrega el texto del juez Cormick que “no es ocioso tener en cuenta la respuesta de la Administración federal de Ingresos, en tanto sostiene que ‘de declararse la inconstitucionalidad de la norma impugnada por los actores, los contribuyentes involucrados deberán ingresar todos los tributos no abonados respecto de los bienes incluidos en el blanqueo, tales como Impuesto a las Ganancias, Impuesto al valor agregado, Impuestos a los Bienes Personales y todos aquellos que correspondan según el caso concreto, así como los intereses del pago fuera de término. Pudiendo la AFIP reclamar los mismos por los períodos no prescriptos”.

“De hacerse lugar a la demanda, el organismo estaría en condiciones, dependiendo de cada caso en concreto, de reclamar el pago de los tributos referidos en el punto anterior.”. Esto último, ajeno al presente proceso, deberá ser evaluado en cada caso por las autoridades competentes”, agrega la sentencia.

La Ley de Reparación Histórica 27.260 se sancionó el 29 de junio de 2016. El primer decreto reglamentario no contemplaba la inclusión de los familiares en el blanqueo, cosa que sí sucedería dos meses después, con otro decreto reglamentario que para los denunciantes “desnaturaliza la ley” permitiendo el blanqueo de familiares de funcionarios públicos.

Fue contra ese decreto que accionaron judicialmente, pidiendo su nulidad, siendo esa presentación rechazada, tras lo cual apelaron y en octubre de 2018 los jueces de Cámara Pablo Gallegos Fedriani y Guillermo Treasy, revocaron esa decisión y nos otorgaron la legitimidad para accionar.

Según detalló el diputado nacional Rodolfo Tailhade, contra eso el Estado interpuso recurso extraordinario ante la Corte, que fue rechazado, por lo que tuvieron que ir con recurso de queja ante el Máximo Tribunal. Ese recurso de queja no se había resuelto cuando el Ministerio de Economía desistió del recurso de queja hace unos meses.

De esta manera quedó firme la sentencia de la Cámara de 2018.

El expediente se radicó en el juzgado de primera instancia número 11. El juez Martín Cormick declaró la nulidad del segundo decreto de Macri, medida que va a quedar firme porque no hay nadie que apele y la AFIP quedará habilitada para ir en búsqueda de recuperar los fondos de los familiares que hayan blanqueado.